Portal sobre Seguridad Vial de la Fundación Feu Vert


Los coches oficiales o del cuerpo diplomático no son vehículos de emergencia

 La Fiscalía General de Seguridad Vial lo tiene muy claro. Con matrícula reservada o sin ella, los vehículos oficiales no tienen como finalidad primordial la prestación de servicios de emergencia y no pueden ampararse en el artículo 25 de la Ley de Seguridad Vial para circular a veloc
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