Hipo… ¿qué? El examen del sistema auditivo es muy importante a la hora de renovar el carné de conducir, dado que el oído es el órgano responsable no solo de la audición, sino también del equilibrio. Esta prueba que se realiza en los centros médicos homologados por la DGT se divide en tres fases:
- La anamnesis, consistente en una serie de preguntas que realiza el médico al paciente para saber el estado en que éste se encuentra. Las más frecuentes suelen ser si existe alguna dificultad para oir, si se oyen ruidos o pitidos, si se padecen vértigos o si le han operado del oído o ha sufrido algún traumatismo.
- La inspección, donde se procederá a evaluar el pabellón auricular y el conducto auditivo externo con el objetivo de comprobar si se es portador de alguna prótesis (audífonos) para la audición.
- La audiometría, prueba de agudeza auditiva que se mide con unos intrumentos denominados audiómetros. Consiste básicamente en generar distintas frecuencias de sonido, emitiendo tonos puros que el ser humano no está acostumbrado a escuchar porque no existen como tal en la vida diaria. El resultado de esta prueba es un índice, llamado IPC, a través del cual se estima la capacidad del oído para percibir sonidos en diferentes frecuencias y así diagnosticar los diferentes grados de hipoacusias.
Patologías auditivas que interfieren la conducción de vehículos
– Alteraciones de la audición (hipoacusias).
La hipoacusia es la pérdida parcial de la capacidad auditiva. Esta pérdida puede ser leve o moderada y se puede dar de manera unilateral o bilateral, dependiendo de si se produce en uno o ambos oídos. Se utilizan auxiliares auditivos (prótesis o audífonos) para recuperar entre un 20 y un 30% de audición.
– Alteraciones del equilibrio.
Dentro de las alteraciones del equilibrio debemos distinguir entre:
- Vértigo: sensación de movimiento del entorno provocada solo por alteración laberíntica.
- Inestabilidad: provocada por alteraciones visuales.
- Síndrome Vertiginoso.
Este síndrome incapacita para conducir y sus causas son varias: vascular, tumoral, esclerosis múltiple, psicógeno, laberintitis, enfermedad de Menière, neurinoma del acústico, enfermedad autoinmune vestibular y vértigo posicional paroxístico benigno.
¿Qué dice la DGT sobre la capacidad auditiva y del equilibrio?
El apartado 2 del Anexo IV del Real Decreto del BOE sobre aptitudes psicofísicas para obtener o renovar el permiso de conducir, establece dos niveles de índice de pérdida auditivas combinada (IPC) para los dos grupos de permisos (profesionales y normales).
Los conductores del grupo 1 no profesionales (AM, A1, A, B, B+E y LCC) con hipoacusia con un índice de pérdida combinada (IPC) con o sin audífino superior al 45% deberán llevar espejos retrovisores a ambos lados del vehículo e interior panorámico.
Los conductores del grupo 2 profesionales (BTP, C1, C1 +E, C+E, D1+E, D, D+E) con hipoacusia con un índice de pérdida combinada (IPC) con o sin audífono superior al 35%, no podrán obtener o prorrogar el permiso de conducción.
Cuando se presenta un déficit sensorial, la DGT obliga a compensar otras áreas sensoriales, tales como la visión, obligando a utilizar espejos retrovisores exteriores y uno panorámico en el interior del coche. De esta manera se aumenta el campo visual del conductor.
La Ley matiza que no pueden existir alteraciones de equilibrio (vértigo, inestabilidad, mareos) permanentes evolutivos o intensos.
Consejos para el conductor con hipoacusia
- Compruebe siempre la disposición de los espejos retrovisores para mejorar su campo de visión y compensar la pérdida de audición.
- Evite conducir con el volumen de la radio o de la música elevado, dificultará la percepción de sonidos emitidos dentro del propio vehículo o en el exterior.
- Ante cualquier cambio en las prótesis auditivas (cambio de marca, por ejemplo), evite conducir hasta comprobar que se hay adaptado al nuevo modelo.
- Si utiliza audífono, respete las revisiones y el mantenimiento evitando que deje de funcionar o provoque distorsiones acústicas.
- En cuanto a las alteraciones del equilibrio o vértigos, si se encuentra bajo tratamiento, debe conocer que los medicamentos que se recetan para estas patologías afectan a su capacidad de conducir. Ante cualquier duda consulte a su médico e infórmele de su condición de conductor habitual.